Alquiler de espacios

Consejos para compartir el alquiler de mi local

Qué necesito saber antes de compartir o de subalquilar mi local a terceras personas

subarrendar local

En este artículo te contamos en líneas principales qué debes tener en cuenta antes de compartir tu local con terceras personas. Si has alquilado un local para realizar alguna actividad ya sea empresarial o con fines particulares, quizás te estás planteando subalquilarlo parte del espacio del que dispones a alguién.

Si ese es tu caso, te interesará conocer algunos detalles del tema y te damos algunos consejos que te pueden ayudar. 

También es posible que seas el propietario mismo del local o un profesional que busca una sala dónde llevar a cabo su actividades. En ese caso este artículo puede interesarte desde el punto de vista de las condiciones de coworking establecidas.

Aspecto legales en el subarrendamiento del local

Siempre y cuándo se trate de un local que has alquilado lo primero que debes tener en cuenta es el contrato de alquiler que has firmado con el propietario y en general las consecuencias legales de ceder parte de tu espacio con un tercero.

Básicamente se podrían dar 3 escenarios posibles en relación al contrato:

  1. Que en el contrato estés autorizado como arrendatario para subalquiler el local o partes del mismo.
  2. Que el contrato establezca que no estás autorizado a subarrendar el espacio - en ese caso, poco se puede hacer sin firmar una renovación del contrato cambiando este aspecto en el nuevo contrato -.
  3. O que no esté establecido, ni la permisión ni la prohibición de dicha actividad: el subarrendamiento del local.

En el primer escenario, está bastante claro. Si hay una autorización explicita de que puedes llevar a cabo el subarriendo, simplemente tendrás que tener en cuenta si existen condiciones que se hayan especificado al respecto.

En el segundo escenario también queda bastante claro. Cómo te comentábamos anteriormente, la única forma de poder hacerlo legal es firmar una renovación del contrato con otras condiciones o en el caso de que se pueda, firmar un anexo al contrario original para autorizar la cesión del local. 

Y finalmente, en el tercer escenario,

¿qué sucede si no está definido si se puede o no se puede subarrendar el local?

Este caso se puede dar perfectamente y probablemente sea el que suscita mayor interés y dudas al respecto.

Pues bien, en el caso de que en el alquiler del contrato del local no exista ninguna mención al subarriendo total o en parte del mismo, la Ley de Arrendamientos Urbanos permite el subarriendo del local no siendo necesario el consentimiento del arrendador.

Pero cuidado, que aquí no acaba todo, aunque se permita el sub-alquiler, como las partes no han dicho en qué condiciones hay que llevarlo a cabo, la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 32.4 establece unos requisitos necesarios para subarrendar un local, que han de ser cumplidos y que son los siguientes:

  1. El sub-alquiler deberá notificarse de modo fidedigno al arrendador, por ejemplo en forma de Burofax. Debe quedar constancia de que el arrendador ha recibido la notificación del subarriendo sin lugar a dudas, así que la notificación debe ser por escrito. 
  2. El plazo de tiempo que tiene el arrendatario para realizar la notificación del subarriendo, es de un mes desde el momento que en el que se ha producido el acuerdo de subarriendo. Por lo tanto, ese el plazo que tienes para hacer la notificación, dejando constancia de los datos personales de la persona que vaya que te va a pagar en concepto de alquiler de tu local o parte del mismo.
  3. Y aquí viene el dato más comprometido de este apartado, a partir del mes siguiente de la notificación del subarrendamiento, la renta del alquiler que estuviera pactada por el arrendatario se verá incrementada en un 20% en el caso de que el subalquiler sea total y el 10% en el caso de que sea parcial.

Por la importancia y las consecuencias que pueden ocasionar el subarriendo del local, siempre recomendamos que antes de llevarlo a cabo se consulte con un abogado que analice previamente los detalles y las condiciones necesarias para el cumplimiento legal a los requisitos para subarrendar un local de negocio en perfectas condiciones.

 

 

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